A través de la Resolución Nº 946, con las firmas del Intendente, Municipal Mariano Hormaechea y el Secretario de Gobierno, Gerónimo Torre se resuelve promulgar en todos los términos la Ordenanza 2.178, del Honorable Concejo Deliberante, con fecha 11 de julio de 2022.
La referida Ordenanza adjudica en venta, una fracción de terreno, como parcela debidamente identificada, al Sr. Roque Luis Escobar.
El texto de la citada ordenanza es el siguiente:
ORDENANZA Nº 2.178
V I S T O:

El expediente. Nº 3.213/22 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza s/» ADJUDICACION EN VENTA TERRENO MUNICIPAL AL SR. ROQUE LUIS ESCOBAR». Y;;;;;;;;;;
C O N S I D E R A N D O:
El expediente N° 1275/22 del Departamento Ejecutivo Municipal elevado por Nota Nº 79 de fecha 26/05/2022 al Honorable Concejo Deliberante de Goya.
Que a fs. 2 se presenta la Escribana Maria Liza Piasentini de Galvaliz, solicitando se autorice la venta de un inmueble de Propiedad Municipal a favor del Sr. Roque Luis Escobar DNI N° 7.667.378, declarando bajo juramento distintos datos para dar inicio formal al trámite.
Que se agrega informe de verificación emitido por la Dirección de Planeamiento Físico de la Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de Goya del que surge ubicación del inmueble, superficie total de 168,26 mts2, Adrema I1-24689-1 en la cual es ocupado por el peticionante donde expone que el inmueble de referencia se halla comprendido dentro de las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 723/96 y su modificatoria Ordenanza N° 1.602/12.
Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada, no existe impedimento para la aprobación de lo solicitado.
Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante autorizar la adjudicación en venta de terrenos de propiedad municipal.
Por todo ello;;;
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º: ADJUDICAR en venta al Sr. Roque Luis Escobar, D.N.I. N° 7.667.378, con domicilio en calle Gendarmería Nacional y cortada de la ciudad de Goya, una fracción de terreno identificado como Parcela N° 1-b s/Mra. 8280 “N” individualizada como lote I del Plano Municipal en la Manzana N° 155/a, figura inscripto en el Registro de Propiedad Inmueble de la Provincia en mayor extensión, a nombre de la Municipalidad de Goya a F° Real-Matricula N° 6.449 -Año 1982, en la Dirección Gral.de Catastro de la Provincia bajo Adrema l1-24689-1. En el Registro de Propiedad Municipal, en mayor extensión, en el T° 46-F° 19.033 -Año 1982 – N° de Orden 20003. –
ARTICULO 2º: EL PRECIO de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido por la Ordenanza N° 723/96 y su modificatoria Ordenanza N° 1.602/12.-
ARTICULO 3º: LA Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.-
ARTICULO 4º: EL Departamento Ejecutivo Municipal suscribirá el contrato de venta en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, incluyendo las clausulas necesarias para resguardar todos los intereses municipales.-
ARTICULO 5º: EL Departamento Ejecutivo Municipal firmará la pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio establecido, los gastos y honorarios que ella demande será a exclusivo cargo del adjudicatario. La mensura correspondiente estará a cargo también del adjudicatario.-
///Corresponde a la Ordenanza Nº 2.178
ARTÍCULO 6: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintinueve días del mes de junio de dos mil veintidós.
Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
Dr. Pedro Gerardo Cassani
Presidente
