RESOLUCIÓN N° 2370
SE FIJA CALENDARIO IMPOSITIVO AÑO 2022
Con las firmas del Intendente Municipal Dr. Mariano Hormaechea y el Secretario de Gobierno Dr. Gerónimo Torre se establece por medio de la presente Resolución Calendario Impositivo Municipal año 2022.
Texto:
FIJANDO CALENDARIO IMPUESTO AUTOMOTOR, INMOBILIARIO, RETRIBUCIÓN DE SERVICIOS, REHABILITACIÓN DE COMERCIOS, BASES GENERAL, BASES ESPECIALES DE IMPOSICIÓN, PATENTE MOTOS Y DERECHO CEMENTERIO 2022
VISTO:
El Código Tributario Municipal sancionado por Ordenanza N° 1.791 y sus modificaciones, y;;;
CONSIDERANDO
Que resulta necesario establecer un calendario de vencimientos de pagos, para el periodo fiscal 2022, de los tributos cuya determinación, recaudación y fiscalización son facultad del D.E.M., a través de la Secretaría de Hacienda y Economía.
Que se debe realizar una consideración financiera como reconocimiento al esfuerzo del contribuyente que paga de contados los tributos antes mencionados antes del primer vencimiento o bien en cuotas dentro de los plazos establecidos en el Calendario Fiscal, siempre que no mantenga cuotas vencidas impagas.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: FIJAR el siguiente Calendario de Vencimientos para aquellos tributos cuya determinación, recaudación y fiscalización se encuentren a cargo del Municipio de Goya, de acuerdo al siguiente detalle:
CUOTA
PERIODO
RETRIBUCION
DE
SERVICIOS
IMPUESTO
INMOBILIARIO
IMPUESTO
AUTOMOTOR
IMPUESTOS
MOTOCICLETAS
DERCHO DE CEMENTERIOS
(PANTEONES)
TASA DE HIGIENE Y SEGURIDAD
TASA DE SEGURIDAD E HIGIENE –
Reg.Esp
1
2022
31/01/22
24/05/22
24/01/22
25/02/22
28/03/22
31/03/22
31/03/22
2
2022
25/02/22
22/07/22
22/03/22
25/04/22
28/09/22
31/05/22
3
2022
31/03/22
23/09/22
23/05/22
27/06/22
29/07/22
4
2022
29/04/22
23/11/22
25/07/22
26/08/22
30/09/22
5
2022
31/05/22
22/09/22
26/10/22
30/11/22
6
2022
30/06/22
23/11/22
26/12/22
31/01/11
7
2022
29/07/22
8
2022
31/08/22
9
2022
30/09/22
10
2022
31/10/22
11
2022
30/11/22
12
2022
30/12/22
DERECHO DE CEMENTERIO PARA NICHOS Y TUMBAS: PAGO ANUAL.
30/06/22
ARTÍCULO 2º: En cualquier momento el contribuyente podrá optar por el pago total correspondiente al periodo fiscal 2022.
ARTÍCULO 3º: Establecer los siguientes descuentos de acuerdo al tributo y la forma de pago del mismo, la que será aplicable únicamente en los casos de contribuyentes que no registren cuotas vencidas al momento del pago (total anual o cuota) correspondiente al periodo fiscal 2022.
a) Impuesto Automotor
1. Vehículos: automotores, camiones/utilitarios
i. Por Pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prorroga 45% de descuento.
ii. Por pago hasta en 6 cuotas al día de su vencimiento o su respectiva prorroga, 5% de descuento.
2. Moto vehículos
i. 30% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prorroga.
ii. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prorroga.
b) Impuesto Inmobiliario
i. 20% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prorroga.
ii. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prorroga.
c) Tasa de Retribución de Servicios:
i. 25% de descuento por pago total anual, hasta la fecha del primer vencimiento o su prorroga.
ii. 5% de descuento por pago en cuotas hasta el día de su vencimiento o su respectiva prorroga.
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.