ADEMÁS DEL RELATO DE LA MENOR, EXISTEN MÚLTIPLES INFORMES MÉDICOS Y PERICIALES QUE AVALAN LOS HECHOS.
Decisión del superior tribunal de justicia
La víctima tenía 13 años cuando se descubrió el hecho, pero los abusos ocurrieron de forma continua durante los años previos. Para la Justicia, el testimonio de la menor fue contundente y no dejó lugar a dudas sobre el delito cometido.

El máximo organismo judicial de la provincia de Corrientes, rechazó el recurso de casación interpuesto por el abogado de un sujeto, condenado en primera instancia por «abuso sexual gravemente ultrajante, agravado», en el que la víctima fue su hermana menor de 13 años. Los fundamentos brindados por los jueces del Superior Tribunal de Justicia, fueron contundentes al afirmar que el testimonio de la víctima «fue prueba suficiente, claro, veraz, seguro y coherente, sin motivos para restarle credibilidad».
El fallo, conocido ayer tras la vuelta de la feria judicial, confirmó la sentencia a 10 años de prisión que el Tribunal Oral Penal de Mercedes había impuesto a un acusado; hermano mayor de la víctima. La sentencia fue difundida por el máximo tribunal, tras un exhaustivo análisis del caso, que incluyó la valoración del testimonio de la menor y otras pruebas que resultaron claves para el dictado del fallo.
Las conclusiones y argumentos brindados en el escrito por el doctor Alejandro Alberto Chain y al que adhirió el resto del cuerpo resultó clave, ya que del análisis se desprende la importancia dada por el magistrado, al destacar y considerar la credibilidad del testimonio de la víctima.
En este sentido, se destacan tres puntos fundamentales entre los argumentos de los jueces y a tener muy en cuenta sobre el testimonio de la víctima como ser; la estructural lógica, la producción estructurada del relato y la cantidad de detalles suministrados por la menor en torno a los hechos.
Los jueces destacaron que, en casos como este, no se valora la gran cantidad de testigos aportados, sino más bien que el testimonio de la víctima sea contundente y esté respaldado por pruebas determinantes. En este caso, las pruebas indirectas, como los informes psicológicos y el testimonio de testigos, ayudaron a corroborar la veracidad de la versión de la menor.
El caso fue caratulado como «abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por el vínculo y la situación de convivencia entre el hombre y su víctima, en modalidad de delito continuado».
El testimonio de la víctima
Al momento de conocerse el caso, la víctima tenía solo 13 años y pudo contar en detalles todos los abusos sufridos con el paso de los años en la ciudad de Mercedes, a manos de su propio hermano.
A pesar de que no hubo testigos directos del abuso, la declaración de la menor fue clave para el proceso judicial, junto con informes psicológicos que confirmaron la coherencia de su relato.
En un contexto desfavorable, el acusado buscó una revisión de su condena, diciendo que el testimonio de la víctima era insuficiente y no habían pruebas directas que lo vincularan con los hechos.
En este sentido, Chain enfatizó que «aunque no existieran pruebas gráficas o documentales debido a la naturaleza del delito, perpetrado mayormente en la intimidad del hogar y falta de testigos directos, la declaración de la víctima es prueba fundamental sobre los hechos, tal y como lo afirma la Corte Interamericana de Derechos Humanos».
Por todo esto, el tribunal de Casación no encontró fundamentos para modificar la decisión tomada en la primera instancia y rechazó el pedido de la defensa.
Los fundamentos de Chain fueron acompañados por los ministros Eduardo Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz, como parte del máximo cuerpo judicial de Corrientes.
